40 euros de multa a los peatones que invadan un carril bici en Alicante

Cruzar un carril bici por un lugar no autorizado para peatones puede salir caro. La Policía Local tiene potestad para imponer multas de hasta 40 euros –la mitad si se abona en periodo de prontopago–, según se recoge en la actualización de sanciones de tráfico realizada este mes por el Ayuntamiento de Alicante para adaptarlas a la nueva ordenanza de circulación. Entre otras infracciones, la normativa recoge la prohibición de que los peatones caminen o permanezcan en el interior de una vía ciclista o la crucen sin utilizar los pasos señalizados y sin precaución.
La ordenanza contempla varios tipos de vías ciclistas, como los carriles bici que discurren por las calzadas, delimitados o no con bordillos, las pista-bici y las denominadas acera-bici, que consisten en un carril pintado sobre las baldosas. Entre los aspectos más polémicos de la normativa estaba el artículo que establecía la prioridad de las bicicletas sobre los peatones en los carriles pintados sobre las aceras. En concreto, la ordenanza aprobada definitivamente refleja que los peatones sólo tienen prioridad cuando crucen una acera-bici por línea discontinua o por un paso señalizado en el resto de vías ciclistas.
Incumplir estos artículos conlleva multas de 40 euros para los infractores, una cantidad similar a la que se exponen los peatones que cruzan una calle por donde no deben. En este último caso, la posibilidad de sancionar ya se recogía en el antiguo cuadro de sanciones, pero es ahora con la nueva ordenanza en vigor cuando se establecen multas por cruzar los carriles específicos para bicicletas por zonas no habilitadas. Como novedad, también se establecen multas de hasta 90 euros para los peatones que crucen o transiten por la plataforma del tranvía fuera de los pasos habilitados para ello.
En el caso inverso, el de las bicicletas que no respeten la prioridad del peatón cuando cruza por las áreas delimitadas para ello, se enfrenta a una sanción superior, de hasta 90 euros. Estacionar la bicicleta en una zona en la que perjudique el tránsito está castigado con una multa de 90 euros y amarrarla a lugares donde esté prohibido, como árboles, bancos o papeleras, con 40 euros. Las sanciones se disparan cuando se trata de infracciones graves, como conducir la bicicleta con temeridad, y pueden alcanzar los 200 euros.
La ordenanza municipal establece que las bicicletas pueden circular por la calzada siempre que no esté prohibido expresamente y cumplan con las normas generales. No obstante, sí existe carril bici delimitado sobre la calle tienen obligación de circular por él. De lo contrario, se enfrentan a multas de 90 euros. Los ciclistas se exponen a una sanción similar si circulan por encima de la acera sin que exista un carril específico. Los que sí pueden transitar por las aceras cuando no dispongan de un vial exclusivo para bicicletas son los menores de 12 años, excepto en momentos de aglomeración y sin superar los 10 kilómetros. Si incumplen esta excepción, sus padres se enfrentan a multas de 40 euros.
En el caso de circular con patines por encima de la acera, el decreto endurece la sanción, que pasa de los 80 a los 90 euros. Si, además, circular con ellos supone poner en riesgo a los viandantes, la multa que puede imponer la Policía asciende a los 200 euros.
Controversia sobre la prioridad de las bicis
El equipo de gobierno rechazó una alegación a la ordenanza que proponía incluir en el preámbulo que el peatón tiene prioridad frente al resto de vehículos argumentando que ya se recoge en el artículo 23 de la Ley de Tráfico que, entre otras cuestiones, establece que en las zonas peatonales los vehículos deben cederles el paso. Pese a ello, en la ordenanza se mantiene que los peatones sólo tienen prioridad para cruzar las aceras-bici por las líneas discontinuas. Desde el sindicato SPPLB sostienen que hay sentencias que, como en el caso de Sevilla, han resuelto que al tratarse de carriles delimitados dejan de considerarse zonas peatonales y, por tanto, la prioridad es del ciclista.

NORMATIVA SANCIONADORA
Caminar o permanecer, un peatón, en el interior de una vía ciclista: 40 euros
Cruzar, un peatón, una vía ciclista fuera de los pasos de peatones señalizados sin adoptar las precauciones necesarias para cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo propio o de terceros y sin entorpecer la vía: 40 euros
No respetar la prioridad de paso de los peatones que cruzan una acera-bici (deben hacerlo por la línea discontinua): 60 euros
Amarrar una bicicleta a un lugar donde está específicamente prohibido (entre ellos, árboles, papeleras y bancos): 40 euros
Circular en una bicicleta por encima de la acera en un momento de aglomeración de personas, siendo el conductor menor de 12 años: 40 euros
Circular en una bicicleta por encima de la acera (mayores de 12 años): 90 euros
Transitar un peatón por una plataforma tranviaria multimodal fuera de los pasos habilitados a tal efecto: 90 euros
Estacionar en batería invadiendo el carril-bici con la parte frontal o lateral del vehículo: 60 euros

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